Blog Invitado: Ah Consulting, el registro salarial

Registro Salarial

Blog Invitado: Ah Consulting, el registro salarial

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Y en el post de hoy, Amaia Heras desde AH Consulting nos invita a conocer los requisitos del registro salarial.

 

¿Cuándo entra en vigor?

A partir del 14 de abril, todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, con independencia del número de personas trabajadoras. Así lo establece el Real Decreto-Ley 902/2020 , de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que está encaminado a garantizar la igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

¿Qué es el registro salarial?

El registro salarial obligatorio es un documento en el que se hace constar toda la información de los salarios de todos los trabajadores de una empresa, incluyendo los altos cargos y personal directivo con la finalidad de garantizar la transparencia en las retribuciones, el principio de igual retribución por trabajo de igual valor.

¿Qué debo incluir en el registro Salarial?

El Registro Salarial deberá incluir los siguientes datos desagregados por sexo:

      • Salario total anual y brecha de género de este concepto.
      • Salario base anual y brecha de género de este concepto.
      • Complementos salariales anuales y brecha de género de este concepto.
      • Percepciones extrasalariales y brecha de género de este concepto.
      • Percepciones anuales por horas extraordinarias y por horas complementarias y brecha de genero de este concepto.

Cada uno de ellos deberá desglosarse por categoría profesional, grupo profesional y puesto de trabajo. Además, deberá establecerse la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada grupo profesional, categoría, puesto, etc.

Toda la información deberá desglosarse por sexo y según la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, todos los complementos y percepciones extrasalariales, de forma diferenciada.

 

 

¿ Y si ya tengo un plan de igualdad?

Las empresas obligadas a realizar un plan de igualdad tendrán que incluir en él una auditoría retributiva para comprobar si se cumple el principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia salarial. En el caso de que la empresa deba realizar esta auditoría retributiva, el registro retributivo tendrá que reflejar también las medias aritméticas y medianas de las agrupaciones de los trabajos de igual valor en la empresa, aunque pertenezcan a diferentes clasificaciones profesionales, desglosados por sexo.

Asimismo, se añadirá una justificación cuando haya una diferencia entre la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales en la empresa de los trabajadores de un 25% o más respecto a hombres y mujeres.

 

¿Cada cuánto tiempo es exigible este registro?

El registro salarial tendrá una validez de un año natural, salvo que se produzcan circunstancias o cambios significativos en la estructura retributiva de la empresa.

 

* Se deberá consultar al representante legal de los trabajadores 10 días antes de elaborar el registro y antes de modificarlo.

 

¿El trabajador me puede solicitar el registro  salarial?

El Estatuto establece que las personas trabajadoras tienen derecho a acceder, a través de la representación legal de los trabajadores en la empresa, al registro salarial de su empresa.

Este registro debe entregarse a los representantes legales de los trabajadores y es a través de ellos como el trabajador puede conocerlo. El problema será cuando no exista representación legal de los trabajadores o cuando la empresa sea tan pequeña que, teniendo acceso al registro, el trabajador pueda conocer el salario de otros trabajadores.

 

¿Me pueden Sancionar por no disponer del registro Salarial?

La ausencia del registro salarial podrá dar inicio a acciones administrativas y judiciales y/o a la aplicación de las sanciones por discriminación.

Se prevé que a partir de abril de 2021 la inspección solicite a las empresas estos registros salariales, y se podrá sancionar a aquellas empresas que falseen o no realicen el registro retributivo según el régimen de infracciones y sanciones de la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), en función de la gravedad de los hechos. Para las infracciones más graves, podrán imponerse sanciones de entre 6.251 y 187.515 euros.

 

S.O.S., alguien me ayuda con un formato? Plantilla? Ejemplo??

Actualmente, no existe un formato de registro oficial, pero hay algunas comunidades autónomas, como Cataluña, que han publicado un modelo registrado en su web, a la espera de que el Ministerio de Trabajo o de Igualdad lo emita.

Os dejamos el pdf aquí:

plantilla-registro-salarios-por-sexo-y-categoria

 

Y hasta aquí la entrada de hoy, podéis ver otras entradas interesantes y estar al día en cuanto a normativa, aquí

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