¿Eres autónomo o empresa y ejerces tu actividad en la CAPV? ¿Te has visto afectado económicamente por el COVID?

¿Eres autónomo o empresa y ejerces tu actividad en la CAPV? ¿Te has visto afectado económicamente por el COVID?

AYUDAS A PERSONAS AUTÓNOMAS y EMPRESAS para el apoyo a la SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO

 

¡¡Buen comienzo de semana!!

Por aquí comenzamos el lunes con buen pie y es que… ¡El Gobierno Vasco ha dado luz verde a un programa de ayudas económicas para los y las personas autónomas y empresas que hayan visto afectada su capacidad de pago a consecuencia de la COVID!!.

¿Y los requisitos para tener derecho a esta subvención?

Quédate y te lo explicamos rapidito. No te llevará mucho tiempo y estamos seguras de que te servirá. ¡¡Vamos!!  ¡Todavía estas a tiempo; y el plazo finaliza el día 30!!

 

 


OBJETO:


 

“El Gobierno Vasco ha aprobado un nuevo plan de ayudas de 217 millones de euros para apoyar a personas empresarias individuales y profesionales autónomas. El objeto de la subvención va dirigido a paliar los efectos generados por la COVID-19 en el sector privado: personas individuales y profesionales autónomas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi y que no hayan podido cumplir con sus obligaciones de pago»

Vale, sí… ¿pero de qué efecto/perjuicio económico nos está hablando? ¿Qué es lo que nos está diciendo la normativa? Porque sabemos que los efectos negativos de la COVID pueden ser muchos…

Aquí la normativa lo deja muy claro: la ayuda va dirigida a que personas autónomas y empresas con domicilio fiscal en la CAPV puedan satisfacer sus obligaciones de deuda que, derivadas de compromisos contractuales anteriores al 13 de marzo de 2021, hayan sido devengadas en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y se encuentren pendientes de pago a ésta última fecha.

¿Pero de qué tipo de obligaciones de pago o deuda estamos hablando? Hablamos de pagos pendientes a proveedores y acreedores; de deudas financieras y no financieras y de costes fijos (impuestos, servicios públicos, alquileres…) que no se hayan podido cubrir.

 


BENEFICIARIOS


 

OJO!!!:Los que tengan su domicilio fiscal, social y centro de trabajo en la CAPV. Y  que la actividad económica esté encuadrada en los CNAE (échale un vistacillo al documento).

  • Persona física, jurídica, y entidades en atribución de rentas en IRPF.
  • Personas empresarias individuales y profesionales autónomas, entidades y grupos en régimen de consolidación fiscal en el Impuesto de Sociedades en 2020.

 


CUANTÍA:


 

SUBVENCIÓN DE 3.000 EUROS MÁXIMO:

  •  Personas empresarias individuales y profesionales autónomas, y entidades en atribución de rentas en IRPF.
  • Tributación en régimen simplificado o en régimen especial del recargo de equivalencia (IVA) en 2019 o 2020 en algunas de sus actividades.

 

SUBVENCIÓN SEGÚN CAÍDA DE VOLUMEN DE OPERACIONES:

  • Personas empresarias individuales y profesionales autónomas que NO hayan tributado en el Impuesto de Sociedades y que hayan tenido un volumen de operaciones en 2020 igual o inferior a 10 millones de €.
  • Grupos que hayan tributado en el Impuesto de Sociedades en el año 2020 con un volumen de operaciones en 2020 superior a 10 millones de €

 


 PLAZO DE PRESENTACIÓN:


 

  • Desde las 9:00 horas del 05-07-2021 – a las 12:00 horas del 30-07-2021
  • Solo se admitirá una solicitud por solicitante.
  • Si has presentado varias solicitudes debes tener en cuenta que el Gobierno Vasco sólo tendrá en cuenta la última presentada electrónicamente.
  • La presentación de una nueva solicitud dará por desistida la anteriormente presentada.

 

 

Link a la convocatoria: https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2021/ayudas-directas-a-personas-autonomas-empresarias-y-profesionales-y-empresas-para-el-apoyo-a-la-solvencia-y-reduccion-del-endeudamiento-del-sector-privado/web01-tramite/es/

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