H2B Presenta: Incentivos y Deducciones TicketBai

Deducciones e incentivo

H2B Presenta: Incentivos y Deducciones TicketBai

TicketBai – Cuándo, cuánto, cómo

Es muy probable que estéis hasta el «gorro» de oír la palabra #TicketBai.

Llevamos unos meses repitiendo la dichosa palabrita como una letanía… algunos con PÁNICO, otros con recelo, con dudas…con muchas dudas… y con poca información.

¿Qué es?

Si todavía no sabes lo qué es, puedes leerlo aquí.

Y para todos los que habéis asistido a nuestras jornadas y seminarios, este nuevo post trata de esclarecer los plazos, las ayudas e incentivos y las deducciones fiscales que actualmente están en vigor.

Decimos actualmente, porque las Haciendas Forales llevan unos meses volviéndonos un poco «locos».

¿Cuándo?

En Bizkaia, el sistema se llama #BATUZ y demás de la obligatoriedad del TicketBai incluía la llevanza de libros registro. Decimos incluía, porque pasamos de ser los primeros en  plantear la entrada en vigor a Enero de 2022, a posponerlo hasta 2024.

No obstante, es una cantidad ingente la de empresas, pequeños negocios y autónomos que tienen que adaptarse, que no conviene «dormirse en los laureles». Y por eso nos van a premiar con incentivos mayores cuanto antes lo implantemos de manera VOLUNTARIA.

En Gipuzkoa, se mantiene la entrada en vigor escalonada por actividades, pero todas se han pospuesto 6 meses. En líneas generales diremos que el período obligatorio comenzará el 1 de Julio de 2022.

Todos los asesores, desarrolladores de software, y los vendedores de hardware os tendrán presentes en sus oraciones si no lo dejáis para el final, porque NO vamos a dar abasto. 

GRACIAS

¿Cuánto?

Hay dos tipos de incentivos: por gastos de implantación y por inicio en período voluntario.

En Bizkaia, hasta el 31 de Diciembre de 2023, el 30% de los gastos incurridos para su implantación será deducible en cuota de IRPF o IS (Impuesto de Sociedades).

Adicionalmente, las personas que implanten en período voluntario BATUZ desde el 1 e enero de 2022 dispondrán de una reducción del 15% de su base imponible en IRPF o IS (Impuesto de Sociedades) en los ejercicios 2022 y 2023.

Después de esa fecha y trimestralmente los porcentajes van reduciéndose al 13%, 11%, 9%,  si entramos en enero 2023 al 5%, 4%, 3% y llegamos a un 2% si lo implantamos en octubre de 2023.

Suena lejano, ¿verdad?

 

En Gipuzkoa, también el 30% de la cuota por los gastos de implantación. Hay un límite de 5.000 euros y del 1% de la cifra de negocios del último período impositivo de 2019.  Si este 1% es inferior a 500 euros, la base será la mejor de ambas cifras.

Sin embargo, si ANTICIPAMOS la implantación y lo hacemos en período VOLUNTARIO al menos 1 MES antes, en lugar del 30% podemos llegar hasta el 60% de deducción en la cuota de IRPF o IS.

Con los mismos límites que en la deducción anterior, excepto por los 500 euros que se elevan a 1.500 euros.

 

POR SI FUERA POCO…

Además, en Gipuzkoa están generosos y existe una ayuda directa de 1.000 euros para la digitalización.

PLAZO: 15 de Diciembre

REQUISITOS: 15 días naturales antes de la solicitud en Zergabidea deben haberse presentado 15 facturas mediante TicketBai.

PARA QUIÉN: COMERCIO Y HOSTELERÍA y acaban de ampliar a estas actividades:

  • Aserrado y preparacion industrial de la madera
  • Fabricación en serie de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción
  • Fabricación de productos semielaborados de madera
  • Servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias.
  • Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo
  • Servicios de enmarcación decoradores-diseñadores de interiores
  • Salones de peluquería e institutos de belleza
  • Fabricación de productos de corcho
  • Lavanderías, tintorerías y servicios similares
  • Agencias de viaje
  • Fabricación de envases y embalajes de madera
  • Fabricación de objetos diversos de madera
  • Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción
  • Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares
  • industria del mueble de madera
  • instalaciones y montajes y acabado de obras
  • Fabricación de artículos de junco y caña, cestería, brochas, cepillos…

 

Vayan pasando…

Tax

¿Cómo?

Kenkariback (Bonito palabro) o cómo obtener ahora la devolución correspondiente a la implantación voluntaria de TicketBAI

Los contribuyentes que tengan derecho a la deducción por implantación voluntaria de TicketBAI, podrán aplicarla en las autoliquidaciones de los últimos 4 años y de ese modo obtener ahora la devolución correspondiente.

Previa solicitud por parte de las y los contribuyentes, a la devolución del IS, sobre la renta de no residentes para los establecimientos permanentes o sobre IRPF según el caso, correspondiente a las autoliquidaciones de períodos impositivos previos.

En el supuesto de que no se pueda proceder a este anticipo líquido, en todo o en parte, por falta de impuesto previo abonado,las deducciones no anticipadas se aplicarán, en todo o en parte, sobre la cuota íntegra correspondiente al período impositivo en que se lleve a cabo la inversión o gasto correspondiente.

¿Vemos un ejemplito?

Un contribuyente Gipuzkoano con ventas en 2019 de 45.000 euros y que hace una inversión en un ordenador nuevo con el programa de facturación adaptado a TicketBAI de 1.200 euros.

La base de la deducción es la menor de las 3 cantidades:

Deducción del 30% porque no quiero anticiparme:

Inversión: 1.200 euros

Máximo en todo caso: 5.000 Euros

Si vendió 45.000 euros en 2019, el 1% sobre esas ventas son 450 euros. Al ser menor de 500 euros entra la excepción.

Como el límite son 500 euros y el % sobre ventas es menor que 500 euros, se aplican los 500 euros (más beneficioso).

Por lo tanto sobre el límite de 500 euros, un 30% de deducción son 150 Eurazos .

Deducción del 60% porque voy VOLUNTARIO:

Inversión: 1.200 euros

Máximo en todo caso: 5.000 Euros

Si vendió 45.000 euros en 2019, el 1% sobre esas ventas son 450 euros. Al ser menor de 1.500 euros entra la excepción.

Como el límite son 1.500 euros y el % sobre ventas es menor que 500 euros, se aplica la deducción sobre el importe que ha invertido; los 1.200 euros (más beneficioso).

Por lo tanto sobre la inversión de 1.200 euros, un 60% de deducción son 720 Eurazos .

 

Teniendo en cuenta que TOOOOOODOS vamos a tener que «pasar por el aro», vamos a coger todas las ventajas que nos ofrezcan, ¿ no?

Si habéis llegado hasta aquí, con lo «denso» del tema…GRACIAS! y ya sabéis, ¡compartir es vivir!

Para todo lo demás: hola@h2b.biz

 

Beatriz

 

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